Reglamento Electoral

Reglamento Electoral admin marzo 6, 2019

REGLAMENTO ELECTORAL SOCIEDAD DOMINICANA DE ANESTESIOLOGÍA

CONVOCATORIA A ELECCIONES:

Artículo 1: La  comisión electoral, se elegirá cada dos años  en la asamblea ordinaria del mes de abril, en año no electoral.

Artículo 2: La comisión electoral estará conformada por tres miembros titulares y tres suplentes, de los tres titulares será el presidente el que obtenga mayoría de votos, elegidos en la soberanía de la asamblea.

Artículo 3: Requisitos para poder ser parte de la comisión electoral:

  • Ser miembro titular, activo, del Colegio Médico Dominicano.
  • Ser Miembro activo de la SDA  
  • Ser dominicano, en pleno ejercicio de sus derechos civiles, políticos y profesionales.
  • Tener un mínimo de 10 años de la SDA
  • No formar parte de la Directiva Nacional ni regionales.
  • No estar sometido ante ningún tribunal de la república o disciplinario de los estamentos del CMD ni SDA.

 

Artículo 4: De las funciones de la comisión electoral:

  • Reglamentar todo lo concerniente al proceso electoral que normatiza esta actividad en el plano Nacional, Regional.
  • La comisión electoral nombrara las comisiones que fuese necesario para agilizar las elecciones  a nivel nacional y a su vez dará potestad y proveerá el insumo y material electoral necesario para establecer la logística de las elecciones del país.
  • Asumir la  inducción y dirección del personal administrativo y secretarial necesario para garantizar un proceso electoral transparente.
  • Presupuestar los insumos, materiales, equipos  y viáticos del personal de las comisiones electorales regionales  y/o supervisores asignados. A fin de solicitar dichos recursos al secretario de finanza de la junta directiva nacional vigente.
  • Recibir la solicitud para la  inscripción de las diferentes planchas y  en un plazo de 72 horas hábiles dará respuesta sobre la aceptación o rechazo de la solicitud.
  • Conocer de las renunciar o cambios en las propuestas de candidaturas.
  • Nombrar y juramentar las comisiones electorales regionales

 

Artículo 5: Del proceso electoral

  • Las elecciones serán cada dos años y se elegirán los siguientes cargos para la Junta Directiva Nacional.

 

Los cargos que ocupan una directiva nacional son:

    • Presidente
    • Vice-Presidente
    • Secretario General
    • Secretario de finanzas
    • Secretario Científico
    • Secretario Gremial
    • Vocal 1
    • Vocal 2
    • Vocal 3
    • Presidentes Regionales (norte, Sur y Este).

  • El período eleccionario  de la Sociedad Dominicana de anestesiología  se inicia 30 días antes de las votaciones, y concluye el día previo al sufragio. Comienza con la publicación en un diario nacional de una proclama de la Comisión Electoral señalando el día de las elecciones, los cargos a elegir, y los requisitos para aspirar a determinados cargos en cada nivel direccional.
  • Las  elecciones  se realizaran cada dos (2) años  el primer sábado del mes de abril para elegir a la Junta Directiva correspondiente al nuevo período de 9:00 am a 5:00pm, si este sábado coincide con el feriado de la semana mayor se pospondrá para el segundo sábado de abril.
  • El periodo de  inscripción de las planchas comprende desde la fecha de la convocatoria hasta 15 días antes de la fecha de las elecciones.
  • A partir de la fecha que se inscriban la plancha, la comisión electoral debe dar respuesta de aprobación u objeciones en las siguientes 72 horas hábiles después de haber sido depositada.
  • Los aspirantes a cargos deben de cumplir los requisitos contemplados en los estatutos de la Sociedad Dominicana de Anestesiología.  
  • Admitida una candidatura, no podrá ser retirada por los proponentes, salvo que uno o varios de los candidatos comprendidos en ella renunciaran, fallecieran o quedaran incapacitados. En estos casos las propuestas deberán ser hecha a más tardar siete (7) días antes del día de las elecciones y por los mismos proponentes y la Comisión Electoral correspondiente la conocerá en forma sumaria sin lugar a recurso alguno.
  • Si la muerte o inhabilitación de uno o más candidatos ocurriera, cuando ya no fuera posible reemplazarlos, los votos que sean emitidos a favor de ellos serán computados a favor de los nuevos candidatos propuestos.
  • La comisión electoral cerrará el listado de miembros activos 15 días antes de las elecciones.
  • Proveerá un listado o padrón electoral 10 días antes a los delegados de cada plancha que servirán de observadores en el proceso.

 

Artículo 6: Del  proceso de votación:

  • Se aperturará el proceso eleccionario  el primer sábado de abril a las 9:00 am en el local de la SDA y en los locales  regionales que la comisión electoral haya designado como centro de votación.

 

  • En cada centro de votación contara con la presencia de un presidente, un secretario, un representante del CMD y un delegado por cada plancha que este participando en las elecciones. La comisión electoral nacional escogerá quienes fungirán como presidente y secretario en los centros regionales de votación.

 

La boleta podrá tener una de estas  opciones:

  • Foto del candidato a presidente y el número de la plancha.
  • El número de la plancha agregado con su lema de campaña.
  • Número de la plancha solamente.

 

  • El anestesiólogo que llegue a votar se registrará con el delegado de la comisión electoral, quien pronuncia su nombre en alta voz  comprobando que está en el listado oficial como miembro activo, y lo corroborara el delegado de la comisión electoral del Colegio Médico.

 

  • El votante llevará consigo cualesquiera de estos documentos de identidad :

 

    • Cédula de identidad y/o electoral.
    • Carnet de membresía del CMD
    • Carnet de membresía de la SDA
    • Licencia de conducir
    • Pasaporte.

  • El voto es personal, directo y secreto.

 

  • Si el votante no aparece en el padrón y muestra documentación de estar al día  en fecha anterior al cierre del padrón se agregara al listado de votantes.
  • Los representantes de las planchas, no deben objetar al anestesiólogo públicamente si notan irregularidad se dirigirán al presidente de la comisión   quien consultara con el secretario y dará respuesta a la mayor brevedad.
  • El Presidente de la comisión electoral firmara y sellara la boleta previa a la entrega al votante, quien a su vez firmara  el padrón al lado de su nombre.

 

  • El votante de forma secreta indicará su preferencia de voto podrá ser una cruz, un signo de chequeo, una raya o un círculo, siempre en el área de la candidatura de su predilección lo depositará la boleta en la urna correspondiente.

 

  • Se marcará su dedo índice derecho con tinta para indicar que ya realizo sufragio.

 

  • El proceso de votación   cerrará a las 5:00 pm.

 

Artículo 7: Proceso de conteo de votos

  • El secretario  de la comisión electoral procederá a contar cuantos anestesiólogos asistieron a la votación según el listado, será corroborado por los delegados de las planchas participantes.

 

  • El material restante que no fue  utilizado en las votaciones se colocará en una caja se cerrará y se sellará

 

  • A continuación se contarán los votos depositados en la urna los cuales deben coincidir con la cantidad de anestesiólogo que ejercieron el voto. De no coincidir se cataloga como centro de votación observado y la comisión electoral se encargará de tomar la decisión más satisfactoria.

 

  • El secretario de la Comisión electoral llenará el acta de los resultados de las votaciones del centro de votación correspondiente, dicha acta debe estar firmada por el presidente, el secretario, delegados de las diferentes planchas y el delegado del CMD. El secretario entregará una copia del acta a cada uno de los delegados. Y le entregará el acta original en sobre cerrado a la comisión electoral de la SDA.
  • Finalizado el conteo se colocaran todos los votos de cada plancha en un mismo lugar para cotejo de los mismos.

 

Artículo 8: Intención Del Voto:

  • Será válido todo voto que marcado por el elector con una cruz, raya o cualquier señal que indique su intención, aunque esta marca salga ligeramente de los bordes será válido.
  • Si la marca realizada por el elector abarca el centro de las demarcaciones de las diferentes  planchas será anulado.
  • Voto en blanco será anulado

 

Artículo 9: De los resultados

  • La Comisión Electoral  y sus homólogas a nivel  regional deberán publicar sus resultados de forma inmediata y llenar las actas correspondientes.
  • Será ganadora la plancha que obtenga la mayoría de votos y se declarará ganadora después de los consolidados de las regionales y SEDE y la revisión de los votos observados en un plazo no mayor de 72 horas.

 

Artículo 10. De las impugnaciones.

  • Si alguna plancha representada por un candidato quisiera impugnar, esta  deberá hacer por escrito debidamente fundamentada, ante la Comisión Electoral  en las primeras 48 horas de haber terminado las votaciones
  • La comisión electoral responderá de manera escrita el fallo sobre la impugnación 72 horas después de recibida. La misma se asumirá por mayoría de votos de los miembros de la Comisión Electoral respectiva
  • Si el resultado no satisficiere a los impugnantes podrá efectuar una apelación ante la Comisión Electoral del CMD, rector mediato de la SDA, estos darán respuesta según los estamentos de la ley del CMD.
  • Las decisiones de la Comisión Electoral del CMD son definitivas. No  podrán ser recusadas.
  • Las decisiones de la Comisión Electoral de la SDA  serán emitidas dando a conocer la intención de voto  por mayoría absoluta de miembros. En caso de empate en una segunda votación, el voto de quien presida la sesión, decidiera para romper el empate.
  •  En el caso de que después se agotaran todos los recursos y se  presentase un empate en dos de las candidaturas participantes se dividirá el periodo en un año para cada uno.
  • La decisión de quien inicia el primer periodo se hará utilizando el lanzamiento de una moneda por parte del Presidente de la Comisión Electoral Central en presencia de los candidatos a Presidentes de las candidaturas que terminaron empatadas
  • Será enviado en la semana siguiente a los comicios a LOS ABOGADOS DE LA SDA el reporte escrito del resultado de las elecciones y anexando las actas regionales y la de la SEDE, se anexara la fecha con la invitación de la juramentación y de la toma de posición para que en esa asamblea pueda realizarse las firmas y documentación necesaria para iniciar la oficialización de la nueva directiva nacional.
  • El último sábado del mes de abril se procederá a la rendición de cuentas de la gestión saliente tanto del presidente como tesorero. Y la TOMA DE POSESIÓN DE LA DIRECTIVA ENTRANTE

 

  • Una vez juramentada y realizada la certificación legal por las vías correspondiente se notificara ante las autoridades del Colegio Médico Dominicano  y Sociedades Médicas Especializadas el inicio de la  nueva gestión de la Sociedad Dominicana de Anestesiología.

 

El presente reglamento electoral ha sido elaborado por la comisión electoral, periodo 2017-2019. Formada por los doctores: Ariel Pérez, Jesús Decaran, Juan Ovidio Coronado; por mandato de la asamblea realizada el 17 de junio del 2018 en el marco del XV Congreso Dominicano de Anestesiología celebrada en Bávaro provincia La Altagracia, Higuey.

Dr. Jesús Decaran                          Dr. Ariel Pérez Dr. Juan Ovidio Coronado

     Miembro                                        Miembro Miembro